FUENTE EXTERNA
El Observador Digital, Santo Domingo. – El Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (ONPECO), aseguró este jueves que tanto en el sector público como en el privado existen culpables por las muertes por bebidas adulteradas.
OPENCO señaló que en el sector público solo se han dedicado a informar las estadísticas sin medir las consecuencias, mientras que el privado “se ha prestado a la venta y distribución de las bebidas contaminadas con metanol, lo que ha ocasionado la muerte de más de 300 personas desde el año pasado hasta la fecha”.
Anunció que defenderá ante los tribunales a los familiares de las víctimas que han perdido la vida producto del consumo de bebidas adulteradas, por lo que le solicitaron a los parientes apoderar esa institución suministrándoles los datos de los fallecidos.
Solicitó a las autoridades de Salud Pública y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la regulación de la venta de metanol, mediante un registro que deben llevar los distribuidores legales del producto a quienes lo venden y donde se identifique, con el nombre, el número de Cédula, el RNC, el nombre de la empresa, el registro industrial, la dirección donde opera y el propósito de uso del indicado químico.
Agregó que dicho registro se lograría mediante un formulario físico y digital elaborado por las referidas autoridades.
Aseguró que el país cuenta con legislación sobre las sustancias químicas cuyas características impacten adversamente la salud humana, la seguridad y al medio ambiente, referentes a la gestión y al etiquetado e Información de Riesgo y Seguridad de los materiales peligrosos.
ONPECO reiteró que debe crearse una alianza entre las entidades citadas precedentemente, para sacar del mercado las bebidas falsificadas, como la mejor manera de reducir la mortalidad por el uso y abuso de estas.
Expresó que las acciones colectivas están previstas en “nuestra legislación cuando son afectados los derechos colectivos y difusos que afectan a los ciudadanos”.
“En nuestra cultura jurídica no es muy usada, pero sí puede ser invocada y tenemos como antecedentes las acciones que prohibieron el uso del “rockash”, depositado en Samaná en el año 2004, y con el fallo en contra de la cementera que se pretendía instalar en los Haitises”, agregó.